LEGISLACIÓN LABORAL
LEGISLACIÓN LABORAL
Existe contrato de trabajo cuando una persona realiza la prestación de
servicios a favor de otra, quien tiene la facultad de dirigirla mediante el
pago de una remuneración. Este puede ser escrito o verbal.
Las personas que intervienen son:
·
Empleador, principal o patrón
·
Empleado, dependiente o trabajador
Normalmente es por tiempo indeterminado, otros son por tiempo
determinado como las pasantías, los contratos por temporadas, de aprendizaje,
etc.
REMUNERACIÓN
ES la suma con que un comerciante o empresa retribuye a su personal
por los servicios recibidos
Sueldo: es la remuneración fija que se paga al cabo de un mes de
trabajo
Jornal: es una remuneración fija que se paga por día u hora;
generalmente, su liquidación se realiza por quincena
A destajo: es la remuneración que se paga por el rendimiento obtenido,
sin tener en cuenta el tiempo empleado en el trabajo
Comisión: es la suma que surge de porcentajes aplicados sobre ventas o
compras
Premios: son retribuciones complementarias que dependen de factores
como el presentismo, puntualidad, producción, etc.
Propinas: gratificaciones voluntarias de un tercero ajeno a la
relación laboral. Para ser considerada remuneración debe recibirse en forma
habitual
Viáticos: son remuneraciones que el empleador abona a su empleado para gastos de viaje,
habitación, comida, etc.
Participación en utilidades: consiste en un porcentaje estimado sobre
las utilidades de la empresa
Gratificación: es un acto espontáneo del empleador, por el cuál
manifiesta su gratitud al empleado. Representa un sobresueldo voluntario.
Horas extras: remuneración que se paga por tareas realizadas fuera del
horario habitual. El mismo se percibirá un 50% más del valor de la hora de
lunes a sábado (hasta las 13 hs.) y 100% más lo domingos y feriados y sábados
después de las 13 hs.
Antigüedad: es un porcentaje que varía según el convenio de la
actividad.
CONCEPTOS NO REMUNERATIVOS
Son los beneficios que no están sujetos a Aportes y Contribuciones y
no se consideran remuneraciones
·
Asignaciones familiares
·
Pago de becas
·
Indemnización por despido
APORTES Y CONTRIBUCIONES
En nuestro país existen numerosas instituciones que protegen y otorgan
beneficios sociales al personal en relación de dependencia, por ello se han impuesto
aportes y contribuciones obligatorias a los empleados y empleadores
·
Aportes de los empleados: son las sumas de
dinero con que contribuye el empleado de sus remuneraciones al mantenimiento de
las instituciones. Son retenidas en la liquidación de sus remuneraciones por el
empleador y, junto con las contribuciones patronales que le corresponde, son
enviadas a dichas instituciones.
i)
Aportes voluntarios: importe que autoriza a
retener a su empleador con destino a su cuenta de capitalización en el periodo
que se liquida
ii)
Aportes adicionales: se informa cuando el
empleado realiza aportes superiores a lo establecido por ley, originadas en
regímenes especiales de jubilación u obras sociales.
·
Contribuciones de los empleadores: son las sumas
de dinero que la empresa (empleador) debe abonar a las instituciones cuando se tienen
trabajadores en relación de dependencia.
Bibliografía : Contabilidad II - Angrisani - Lopez - AL Editores -
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